VII. DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este JUZGADO SEXTO (6°) SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÀREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la Apelación formulada por la parte actora y PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación formulada por la parte demandada contra la sentencia de fecha 20 de marzo de 2015, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano OMAR ELADIO MARTINEZ GUILLEN contra la entidad de trabajo INDUSTRIAS METALURGICAS AFRICANAS 2, C.A., por lo que se condena a esta última al pago de los conceptos y montos establecidos en la parte motiva del presente fallo. TERCERO: Se MODIFICA la sentencia objeto de apelación. C.....