Por lo antes expuesto y, por cuanto el presente procedimiento es de naturaleza voluntaria, es decir, no existe contención u oposición que permita a quien aquí decide, verificar las circunstancias que llevó a las partes a celebrar un acuerdo por la terminación de la relación de trabajo; así como tampoco puede determinar, de manera pormenorizada los derechos que corresponden al trabajador y que son objeto de ese acuerdo; y dado que únicamente las partes han solicitado a este Juzgado dejar constancia del pago efectuado, por tal motivo, visto que en el vuelto del folio quince (15) del presente expediente, las partes señalan que la suma Neta de DOS MILLONES CIENTO DIECINUEVE MIL CUARENTA Y CUATRO BOLIVARES CON CINCUENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 2.119.044,57), será pagada al oferido, en el referido acto mediante cheque Nro. 00003562, del Banco BBVA Provincial, de fecha 17 de abril de 2018 y, visto que fue recibido por el ciudadano VICTOR FLORES, parte oferida, como consta de la copia simple del.....