DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, el Recurso de Apelación interpuesto por el Abg. ORLANDO QUINTERO, I.P.S.A Nº 131.327, en su condición de Defensor Privado, del ciudadano: DIXON ALEXANDER MEDINA RODRIGUEZ,en contra de la decisión dictada en fecha 08/06/2016 y fundamentada en fecha 29/06/2016, por parte del Tribunal de Primera Instancia Estadal en funciones de Juicio Nº 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante la cual declara CULPABLE Y CONDENA al ciudadano DIXON ALEXANDER MEDINA RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 16750332; a cumplir la pena de dieciséis (16) años y seis (6) meses de prisión, mas las accesorias de ley, por haberle encontrado culpable y penalmente responsable de la comisión del delito de ROBO AGRAVADO y PORTE ILÍCITO DE ARMA, tipificado, res.....