En consideración a lo anteriormente expresado este Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la oposición formulada y como consecuencia de ello se revoca la MEDIDA DE SECUESTRO decretada sobre el apartamento identificado con el número y letra 8-A, ubicado en el piso 8, de la Torre A del Edificio Residencias Doral Centro, situado de Candilito a Platanal, Avenida Urdaneta, Parroquia Candelaria, Municipio Libertador.