Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas (en transición), Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PERIMIDA la presente instancia y la EXTINCIÓN del proceso, en el juicio que por EJECUCIÓN DE HIPOTECA sigue la Sociedad Mercantil FONDO COMÚN, C.A., BANCO UNIVERSAL, contra los ciudadanos FLORENTINO PAZ TORREALBA y NINOSKA JOSEFINA HERNÁNDEZ VILLARROEL, todos plenamente identificados en autos.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, y por la naturaleza del presente fallo no hay especial condenatoria en costas.