Por los fundamentos antes expuestos este tribunal superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO.- SIN LUGAR la demanda por daños y perjuicios intentada por la sociedad mercantil HYUNDAI DE VENEZUELA C.A. contra la compañía HYUNDAI MOTOR COMPANY, ambas partes identificadas al comienzo de esta decisión. SEGUNDO.- SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la actora contra la sentencia proferida por el a quo el día 21 de diciembre de 2004, inserta a los folios 180 al 195 de la pieza número 5.
Queda CONFIRMADA la apelada.
De conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena a HYUNDAI DE VENEZUELA C.A. a pagarle a HYUNDAI MOTOR COMPANY las costas causadas con motivo del proceso.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Cir.....