Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio, y por las razones que han sido expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por el ciudadano Abogado Hermes José Barrios Gómez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 59.571, en su carácter de apoderado judicial de la contribuyente RIO PLAY C.A., en contra de la Resolución RNO-DR-2000-500548 de fecha 24-05-2000 y sus respectivas planillas de liquidación Nº 0710012290000079 y 0710012290000080 emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Region Nor-Oriental del Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria SENIAT.
COSTAS: no hay condenatoria en costas en virtud de la presente decisión.