3.− DECISIÓN
Por las motivaciones que anteceden, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, toma las siguientes determinaciones:
3.1.− Declara CON LUGAR la pretensión de nulidad interpuesta por el INSTITUTO AUTÓNOMO HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CARACAS contra el acto administrativo de efectos particulares N° 568-2003 de fecha 02 DE DICIEMBRE DE 2003 dictado por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL, adscrita al entonces Ministerio del Trabajo (expediente número 2353-03), debidamente identificados en autos.
3.2.− Declara que no proceden costas por la naturaleza de esta pretensión.
3.3.− Deja constancia que el lapso (cinco días de despacho conforme al artículo 88 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa) para ejercer rec.....