PRIMERO: Declara con lugar la pretensión formulada el 10-10-2007 por la Fiscal 3ª del Ministerio Público del Area Metropolitana de Caracas, Abg. YURAIMA FIGUERA GUEVARA, relativa a que se revocara el pronunciamiento dictado en audiencia preliminar celebrada el 3-10-2007 por el Juez 25º de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, mediante el cual sustituyó la medida judicial de privación preventiva de libertad que pesaba en perjuicio de JOSE RAFAEL SOTO SEGOVIA, como presunto autor del delito de robo agravado, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, por las medidas cautelares contenidas en los numerales 3, 4 y 8 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Revoca el pronunciamiento impugnado.
TERCERO: Ordena la detención judicial de JOSE RAFAEL SOTO SEGOVIA, cuya ejecución quedará a cargo del Juez 25º de Primera Instancia en funciones de Control .....