III
D E C I S I Ó N
En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción celebrada entre la parte demandada entidad de trabajo empresa HOTELERA MEDITERRANEO C.A y la parte actora ciudadano JACINTO ANTONIO BAPTISTA MAITA, titular de la C.I.V-11.674.929, en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, dejando expresa constancia que solo quedan homologados los conceptos de carácter laboral, salvo el desistimiento de la acción, por ser contrarios a normas de rango constitucional, inherentes al ejercicio de la acción y a la tutela judicial efectiva. ASÍ SE ESTABLECE.-
El Juez Titular
La Secretaria
Abg. Aníbal F. Abreu Portillo.
Abg. Ana Julia Arilla.
Se publica y se registra la presente decisión en .....