Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Estadal Noveno Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
- PRIMERO: Consumada de pleno derecho la PERENCIÓN y en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la causa interpuesta por el ciudadano CARLOS RAMON MARCHENA MONASTERIO, titular de la cédula de identidad Nº V-6.857.820, debidamente asistido por el abogado Tomás Hilario Araujo Gutiérrez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 224.927, en su condición de Defensor Público Auxiliar Sexto (6°) con competencia en materia Contencioso Administrativo del Área Metropolitana de Caracas, contra la CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA.
- SEGUNDO: INOFICIOSO la notificación a las partes, conforme lo establecido en la parte motiva de este fallo.