Por la razones de hecho y de derecho aquí establecidas, es por lo que esta Sala Séptima de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. DECLARA SIN LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por los Abogados FRANCOISE JEREIJE ZERPA y RAÚL ARMANDO BECERRA MURILLO, en su carácter de Defensores de los condenados CESAR HERNÁNDEZ GUTIÉRREZ y MIGUEL ÁNGEL SÁEZ GÁLVEZ, en contra de la Sentencia publicada por el Juzgado Décimo Noveno de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en fecha 16 de noviembre del 2005, en consecuencia se CONFIRMA la sentencia emanada del Juzgado Décimo Noveno de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 22 de septiembre del 2006, conforme a lo dispuesto en los artículos 364 ordinales 2°, 3°, y 4°, 452 ordinal 2°, y 3° todos del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECIDE