Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella interpuesta por la abogada Raquel Mendoza de Pardo, actuando como apoderada judicial del ciudadano CARMELO RAMON CAMPO VICENT contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA (MINISTERIO DE EDUCACION SUPERIOR hoy MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR).
SEGUNDO: Se ordena al Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior pagarle a la actora los intereses moratorios causados por retardo en el pago de prestaciones sociales, desde el 30 de julio de 2002 hasta el 29 de marzo de 2007, lo cual debe hacerse sin capitalizarlos.
TERCERO: A los fines de determinar con toda precisión el monto a pagar al actor, se ordena practicar experticia complementaria del .....