Primero: Declara su competencia para sustanciar y pronunciarse en relación al Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto conjuntamente con Solicitud de Suspensión de Efectos, por la ciudadana María Adriana De Nóbrega de Arzola, asistida por el abogado Jesús Cabarcas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 111.963, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº 1566 de fecha 18 de julio de 2007, dictada por la Dirección de Ingeniería Municipal y Planeamiento Urbano Local de la Alcaldía del Municipio Sucre del Estado Miranda, notificada el 26 de julio de 2007.
Segundo: Se admite el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto, quedando a salvo la posibilidad de revisar si, sobrevenidamente, se configura alguno de los requisitos de inadmisibilidad por efectos de la remisión y revisión de los antecedentes administrativos del caso los cuales se solicitarán por auto separado.
Tercero: Improcedente la solicitud de suspensión de efectos del acto admi.....