Se dictó Resolución Interlocutoria N° 202/2012 , mediante la cual se admiten las prueba promovidas por la apoderada judicial de la empresa recurrente. Igualmente, se dejó constancia que con relación a la prueba de informes promovida, se ordenó librar oficio Nº 339/2012, dirigido a la Junta de Condominio del Centro Comercial B.O. Center, C.A.