III
DISPOSITIVA
En merito a todos los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACIÓN EJERCIDA por la representación judicial de la ciudadana AURA MARÍA OSTOS DE CASTILLA.
SEGUNDO: SE CONFIRMA en todas y cada una de sus partes la sentencia dictada en fecha veinticinco (25) de Febrero de dos mil cuatro (2004), dictada por el Juzgado Décimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
TERCERO: En vista de la naturaleza del presente fallo, se condena en costas a la parte demandada.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE
Déjese copia certificada de la presente decisión en la sede del Tribunal de conform.....