Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, conforme a lo establecido en los artículos 12, 243, del Código de Procedimiento Civil, 26 y 257 de la Carta Magna, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: Con lugar el recurso de apelación ejercido en fecha 12 de julio de 2017, por el abogado José Armando Velazco en contra del auto de fecha 11 de julio de 2017, dictado por el Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio, Ordinario y Ejecuto de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el cual negó las pruebas de testigos y la de informe dirigida al Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: Se revoca el auto de fecha 11 de julio de 2017, di.....