Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano YOHAN JOSE QUEVEDO LUCENA, venezolano, mayor de
edad, titular de la Cédula de Identidad No. 18.732.648, asistido por la abogada ARMINDA ALVAREZ inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 68.031, contra el acto administrativo de destitución No. CPNB 4206-14, de fecha 19 de junio de 2014, emanado del Cuerpo de Policia Nacional Bolivariano, de acuerdo a los artículos 97 de la Ley del Estatuto de la Función Policial numeral 10, concatenado con el numeral 6 del artículo 86 de la Ley del Estatuto de la Función Pública. Así se decide.
SEGUNDO: se CONFIRMA el acto administrativo impugnado. Así se decide.