DISPOSITIVA:
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado VIGESIMO SEGUNDO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA la PERENCION DE LA INSTANCIA en el juicio que por NULIDAD DE CONVENIMIENTO le sigue por ante este Tribunal la ciudadana, TATIANA DEL CARMEN NUÑEZ AZUAJE, en contra del ciudadano, JOSÉ DE LA ENCARNACIÓN COMANARES CASTILLO.-
Se condena en costas a la parte demandada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO VIGÉSIMO SEGUNDO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, a los quince (15) días del mes de febrero de dos mil siete (2007). Años 196° de la Federación y 147° de Independencia.
LA JUEZ,
ABG. FLOR DE MARIA BRICEÑO BAYONA
LA SECRETARIA,
ABG. DAYANA DEL MAR PARODI PEÑA.
En esta misma fecha siendo las t.....