declara CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento, interpuesta por la ciudadana Fernanda Antonieta Figuera Ulloa, debidamente asistida por la abogada Andrea de la Trinidad Cruz Suárez, de conformidad con lo establecido en el artículo 32 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo previsto en los artículos 144 y 149 de la Ley Orgánica de Registro Civil, en relación con el artículo 769 del Código de Procedimiento Civil