Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Estadal Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
-SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial incoado por la abogada Keivis Anais Valerio de Romero, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 110.108, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano ENGELBERT ANTONIO BERMÚDEZ CONTRERAS, titular de la cédula de identidad N° V-11.414.913, contra el CONSEJO NACIONAL ELECTORAL (CNE).
-INADMISBLE la solicitud de indemnización a causa de daños morales, conforme a lo expresado en la motiva del presente fallo.