DISPOSITIVA:
Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado VIGÉSIMO SEGUNDO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el juicio que COBRO DE BOLIVARES sigue por ante este Tribunal, BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A. contra la Sociedad Mercantil INVERSIONES EL CHAER, C.A. y el ciudadano ALCHAER ALCHAER ADNAN, produciéndose los efectos establecidos en los artículos 270 y 271 del Código de Procedimiento Civil.-
De conformidad con lo previsto en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil no ha lugar a costas.-
Publíquese, Regístrese, Notifíquese y Déjese copia.
En este mismo orden de ideas, por cuanto en fecha 6 de julio de 2010, se decretó medida de EMBARGO PREVENTIVO sobre bienes propiedad de la parte demandada, este Tribunal levanta dicha medida, ordenándose el.....