Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este JUZGADO SEPTIMO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad de la Ley, DECLARA:
PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión contenida en la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES fuera incoada por la sociedad mercantil PRODUCTOS BARVAL DE VENEZUELA, C.A., contra la sociedad mercantil SERVICIOS INTEGRALES PARAGUANA, C.A., partes éstas identificadas al comienzo de esta decisión, a la cual se le obliga al pago de las siguientes cantidades de dinero:
PRIMERO: La cantidad de CATORCE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL BOLÍVARES CON CUATRO CÉNTIMOS (Bs. 14.665,04) monto total de las facturas adeudadas.
SEGUNDO: Los intereses moratorios calculados sobre el capital adeudado desde el 03 de mayo del 2002, fecha de vencimie.....