Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR las medidas cautelares innominadas requeridas con fundamento en lo establecido en el parágrafo primero del artículo 588 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 585 eiusdem, por la accionante ASOCIACIÓN CIVIL SIN FINES DE LUCRO HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS. En consecuencia:
i) Se ordena al Instituto Nacional de los Seguros Sociales (IVSS), se abstenga ¿mientras dure el juicio principal¿ de rechazar la admisión o atención médico asistencial a los trabajadores que laboran en la ASOCIACIÓN CIVIL SIN FINES DE LUCRO HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS, a cuyos fines deberá emitir las correspondientes tarjetas de afiliación.
ii) Se ordena al prenombrado Instituto ¿mientras dure el juicio principal¿que con relación a las facturas que emita con posterioridad a la interposición del presente recurso contencioso tributario, es d.....