DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA ADHESIÓN a la apelación interpuesta por el abogado LUIS RAMÓN SALZAR FLORES, en su condición de apoderado judicial de la demandada, en fechas dieciocho (18) de marzo y diecisiete (17) de julio de dos mil trece (2013), contra la sentencia dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha diecinueve (19) de febrero de dos mil trece (2013).
SEGUNDO: SIN LUGAR LA SOLICITUD DE CONFESIÓN FICTA, interpuesta por el abogado RAMÓN SALVADOR BURGOS ROMERO, actuando originalmente en su propio nombre y representación; y posteriormente, como representante legal de la socieda.....