Que definitivamente firme como quedó la precitada Sentencia, recaída en el presente recurso contencioso tributario, incoado por el recurrente "PARMENIO RUIZ RINCÓN según consta en auto dictado en fecha 21 de julio de 2014, y vista la solicitud realizada por abogada Maravedi Margarita Morales, actuando en su carácter de Sustituta del Ciudadano Procurador General de la República, en representación al Fisco Nacional de fecha 11 de mayo del año 2015, este Tribunal en cumplimiento del contenido en los artículos 26 y 257 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, garantizando una justicia expedita, sin reposiciones inútiles, sin formalismos, en virtud de la celeridad procesal, fija un lapso de diez (10) días de Despacho, de conformidad con el artículo 280 del Código Orgánico Tributario (2001) ratione temporis el cual comenzará a computarse a partir de la consignación en autos de la correspondiente boleta de intimación, a los fines de que la contribuyente efectúe el cumplimi.....