Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara LA FALTA DE JURISDICCIÓN en la presente causa interpuesta por el contribuyente PEDRO BIASUTTO SUCESORES, C.A. (HOTEL PORTUGUESA) contra la Resolución N° GJT-DRAJ-A-2000-1575 del 28 de noviembre de 2000 emanada de la Gerencia Jurídico Tributaria del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT).
Se ORDENA remitir el expediente judicial a la Gerencia General de Servicios Jurídicos del aludido Órgano Exactor, a los fines de que inicie el procedimiento de cobro ejecutivo.