DISPOSITIVA
En consecuencia, éste TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil y 153 de la Ley Orgánica de Registro Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la presente solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE REGISTRO CIVIL, presentada por la ciudadana: CARMEN ALICIA FERNÁNDEZ TERÁN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, soltera, titular de la cedula de identidad Nro. V-7.307.984, asistida por el abogado en ejercicio, ciudadano: ANDRÉS ELOY PARRA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 14.071. En consecuencia, se ordena oficiar al Registrador Principal del Estado Lara, así como al Registro Civil de la Parroquia Catedral del Municipio Iribarren del estado Lara, a los fines de que se sirvan insertar la correspondiente nota ma.....