Este Tribunal en función de Juicio N° 5 del Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE EL OTORGAMIENTO DE UNA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD a favor de los Acusados LUIS ALBERTO RODRIGUEZ y ALEXIS ANTONIO MASIAS ROJAS ampliamente identificado en autos, en consecuencia, se mantiene su privación judicial.