Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la conversión en divorcio de la separación de cuerpos intentada por los ciudadanos CAROLINA MAZZAGLIA ROSALES de VIRGUEZ y CARLOS YESALBERT VIRGUEZ ACEVEDO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, casados y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-17.064.628 y V-16.472.630, respectivamente, fundamentada en los Artículos 188, 189 y 190 del Código Civil, y en consecuencia DISUELTO por Divorcio, el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha siete (07) de julio del año dos mil seis (2006), por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Caricuao, Municipio Libertador del Distrito Capital, Caracas.-