Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO en la demanda por ejecución de hipoteca interpuesta por el abogado Alejandro García, actuando en su condición de apoderado judicial de las empresas COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA (CANTV) y TELECOMUNICACIONES MOVILNET, C.A. (MOVILNET), contra la sociedad mercantil INVERSIONES ORO NEGRO, C.A.
SEGUNDO: Se ORDENA la notificación de los Presidentes de las Empresas del Estado demandantes y de la Procuraduría General de la República, a fin de que si lo consideran procedente ejerzan las acciones administrativas disciplinarias en contra de los funcionarios encargados del presente proceso judicial.
TERCERO: se REVOCA la medida cautelar de prohibición de enajenar y gravar otorgada por este Tribunal en fecha 19 de .....