Como consecuencia de los elementos de hecho y fundamentos de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la solicitud que por EJECUCIÓN DE HIPOTECA incoara el BANCO DE VENEZUELA, S.A., BANCO UNIVERSAL, contra la sociedad mercantil SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES FIAMONTE C.A., (antes denominada: TALLER FIAMONTE C.A.,) ampliamente identificados al inicio, DECLARA: En virtud de la cesión de derechos litigiosos téngase a la sociedad mercantil "ASFALTOS DE VENEZUELA, C.A.," (ASVENCA), como parte actora en el presente juicio y a la sociedad mercantil SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES FIAMONTE C.A., (antes denominada: TALLER FIAMONTE C.A.,) como parte demandada.-
Dada la naturaleza del presente fallo no hay especial condenatoria en costas.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA......