Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano MARCO ANTONIO PALAS ORBEGOZO, debidamente asistido por el abogado RAFAEL ALBERTO LATORRE CÁCERES, contra la decisión dictada el 17 de julio de 2007 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, expediente Nº 15.315 de la nomenclatura llevada por ese Tribunal, con motivo del juicio de DESALOJO seguido por el ciudadano JOSÉ RAMÓN GARNICA contra el ciudadano MARCO ANTONIO PALAS ORBEGOZO. A los fines de restablecer la situación jurídica infringida, se ANULA la sentencia recurrida en amparo y se ordena al Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Cara.....