DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos expuestos, la Sala Seis Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta los pronunciamientos siguientes:
PRIMERO: ADMITE los recursos de apelación interpuesto primero por el profesional del derecho Julio Enrique Jiménez Blanco, en su carácter de defensor privado de los imputados EDINSON RODRIGO ARANGUREN ACOSTA y ÁNGEL TRINO FERNÁNDEZ CEDEÑO, y segundo por la abogado en ejercicio Carmen Aidé Rivas, en su carácter de defensora privada del imputado CARLOS VICTOR MANOTAS VARELA, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Cuadragésimo Tercero de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó medida privativa judicial preventiva de libertad en contra de los ciudadanos EDINSON RODRIGO ARANGUREN ACOSTA, ÁNGEL TRINO FERNÁNDEZ CEDEÑ.....