Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación ejercido por el abogado Giuseppe Brandi Cesarino, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Rosa de Martino de Continiello, contra el auto de fecha 15 de julio de 2.010, dictado por el Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto de fecha 15 de Julio de 2010, dictado por el Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que suspendió la causa y ordenó la citación de los herederos conocidos y desconocidos de quien en vida se llamara BIAGIO ALBANO GARONE. TERCERO: SE CONDENA, en costas del recurso a la parte demandante apelante .....