Por Las razones antes expuestas este Tribunal Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la querella interpuesta por la ciudadana ANA CHAMORRO DE COELLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.809.821, asistida por el abogado FRANCISCO LÉPORE GIRON, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.093, contra la Fundación para el Bienestar Social e Integral del Anciano del Estado Miranda (FUNBISIAN), por pago de prestaciones sociales e intereses de mora.