PARTE DISPOSITIVA
En mérito a los anteriores razonamientos, este Juzgado VIGÉSIMO SEGUNDO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la acción de DESALOJO intentada por la ciudadana CARMEN CECILIA ACOSTA, en contra del ciudadano EL-KHOURY CHADI, ambas partes suficientemente identificadas en el cuerpo de esta decisión. En consecuencia se declara extinguido el contrato de arrendamiento suscrito por las partes en fecha 20 de mayo de 2005, por ante la Notaria Pública Cuadragésima del Municipio Libertador, bajo el Nro. 84, Tomo 17, de los Libros de Autenticaciones llevados por esa Notaria. Se condena a la parte demandada a:
PRIMERO: Entregar a la parte actora el bien inmueble constituido por un apartamento identificado con el numero y letra 5-B, situado en el piso 5, del Edificio Residencias El Trapiche, ubicado en la Segunda Av.....