DISPOSITIVA
En base a las consideraciones expuestas, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejecución de sentencia, ordena al joven cumpla la medida de Libertad Asistida por el lapso de un (1) año y seis (6) meses, en la Dirección de Prevención del Delito, prevista en los artículos 620 literal d y 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente por la comisión del delito de Hurto Calificado, previsto en el artículo 453 numeral 4 del Código Penal