SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado FAVIO BOLIVAR, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada en contra de la sentencia de fecha 19 de septiembre de 2008 dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por AJUSTES DE PENSIÓN DE JUBILACIÓN incoada por los ciudadanos VIRGILIO RAFAEL ROMERO FRANKLIN, VICTOR MANUEL HERRERA REQUENA, RAQUEL AURORA EIRIS FARIÑA, FLAVIA TERESA TOSTA DE LUYO contra la C.A ELECTRICIDAD DE CARACAS y C.A, ELECTRICIDAD DE GUARENAS Y GUATIRE. TERCERO: Se ordena el pago del ajuste proporcional de la pensión de jubilación de los actores con el Salario Mínimo Nacional desde la entrada en vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela el 30-12-1999, para lo cual deberá tomarse en cuenta las fechas como nacimiento del derecho de jubilación hasta la fecha en la cual fue homologada .....