Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio, y por las razones que han sido expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la contribuyente SUCESION DE MORALES MONASTERIOS CARLOS ALBERTO C.A., domiciliada en la Urbanización Sabanamar, Nº 1-6, Porlamar, Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta. En consecuencia:
PRIMERO: Se declara la nulidad de la Resolución Nº RRI/DR/CSU/2002-029 de fecha 06-02-2002 emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Insular del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), en lo que respecta al pago de impuesto sucesoral por la cantidad de (Bs. 48.154.796) o su equivalente en Bolívares Fuertes, se confi.....