Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la querella interdictal de obra nueva interpuesta por la ADMINISTRADORA INTEGRAL E.I.A, C.A.,contra la ciudadana CARMEN LUISA PRIETO DE FONTANA, identificados en el encabezado del presente fallo, en consecuencia se prohíbe la prosecución de la obra que se realiza en el Edificio llamado Armoni Los Naranjos, situado en la calle Arturo Michelena, Sector Los Naranjos, Urbanización Las Mercedes, Municipio Baruta, estado Miranda. SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 12 de junio del 2015 por la abogada LAURA CAMARGO actuando como apoderada judicial de la querellada CARMEN LUISA PRIETO DE FONTANA, contra la decisión dictada el 26 de marzo de 2015 por el Juzgado Duodécimo de Primer.....