1.- CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar innominada, por el abogado ROLANDO ENRIQUE ESPINOZA NAVARRETE, portador de la cédula de identidad Nro. V-8.178.458, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 36.449, actuando en su propio nombre y representación, contra el DIRECTOR DE LA ESCUELA DE MÚSICA "PABLO CASTELLANOS" DEL ESTADO VARGAS, adscrita al MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA CULTURA, ciudadano RODOLFO RODRÍGUEZ, que de manera inmediata permita el derecho a la educación, así como la inscripción, continuidad y permanencia en la Escuela de Música al ciudadano ROLANDO ENRIQUE ESPINOZA NAVARRETE como alumno regular que cumple con los requisitos para ser inscrito en el segundo (2°) año de Armonía, año lectivo 2017-2018.
2.- Se ordena notificar al Director de la Escuela de Música "Pablo Castellanos" del estado Vargas, al ciudadano Fiscal General de la República, al ciudadano Procurador General de la.....