Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la Inhibición planteada por estar hecha en forma y fundada en motivos valederos; y por vía de consecuencia se aparta al Dr. MANUEL PUERTA GONZÁLEZ, en su carácter de Juez del Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, del conocimiento del juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE SEGUROS sigue MARALBA BEATRIZ LEÓN contra SEGUROS NUEVO MUNDO.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de la presente decisión, remítase copia de la misma al juez inhibido, y en su oportunidad legal remítase el expediente al Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado .....