DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción intentada por el ciudadano JOSE VALDERRAMA RIVERO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de las Cédula de Identidad No. V- 4.421.169, Contra la empresa PROTECTORAS DE VALORES S.A, PROINVASA., Sociedad Mercantil de este domicilio debidamente inscrita ante el Registro Mercantil de la Circunscripción judicial del Distrito Federal y Estado Miranda bajo el No. 39, Tomo 157-A, de fecha 18 de julio de 1980. SEGUNDO: Se ordena la realización de una Experticia Complementaria del fallo, a los fines de determinar los intereses sobre prestaciones sociales, los intereses moratorios y la correspondiente indexación monetaria de las cantidades ordenadas a pagar conforme a los parámetros establecidos en la motiva del presente fallo; TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.