PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada BEATRIZ ROJAS, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada en contra de la sentencia de fecha 24 de septiembre de 2007 dictada por el Juzgado Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda que por motivo de REAJUSTE DE PENSIÓN DE JUBILACIÓN incoara el ciudadano GALILEO D EGIDIO DI LORENZO, en contra de la empresa VENEZOLANO DE CRÉDITO, S.A., BANCO UNIVERSAL. Se ordena la homologación de la pensión de jubilación al salario mínimo urbano. TERCERO: se condena a la empresa demandada a cancelar la pensión de jubilación reajustada en proporción a los incrementos del salario mínimo urbano decretado por el Ejecutivo Nacional acaecidos desde el primero (1°) de febrero de 2004, deduciendo del monto la suma dineraria efectivamente recibida por el actor por concepto de tal pensión desde ese misma fecha; .....