Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley dispone:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella interpuesta por la abogada Lisset Puga Madrid, Inpreabogado Nº 69.968, actuando como apoderada judicial de la ciudadana Doris Milagros Requena Pérez, titular de la cédula de identidad Nº 10.115.078, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO BOLIVARIANO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL.
SEGUNDO: Se declara la NULIDAD ABSOLUTA del acto administrativo contenido en la Resolución Nº 150-1, dictada en fecha 30 de marzo de 2011 por el Director Ejecutivo del Despacho de la Alcaldía del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, mediante el cual se destituyó a la actora del ente querellado.
TERCERO: Se ordena la REINCORPORACIÓN al cargo de Asistente Administrativo V que venía desempeñando la querellante, o .....