DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, esta SALA DIEZ DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: Se Declara SIN LUGAR el recurso de apelación planteado por el Abogado, DAVID JOSE GRANADO DELGADO, Defensor Público Auxiliar Vigésimo Tercero (23º) Penal del Área Metropolitana de Caracas, en su carácter de defensor del ciudadano REINALDO RAFAEL BRIZUELA, contra la decisión dictada el 24 de Noviembre de 2013, y fundamentada en esa misma fecha, por el Juzgado Vigésimo Quinto (25º) de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó contra el mencionado imputado de autos, Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad de conformidad con lo establecido en los artículos 236 numerales 1, 2 y 3, 237 numerales 2, 3 y parágrafo primero, y 238 numeral 2, todos del Código Orgánico P.....