PRIMERO: INCOMPETENTE, para conocer de la pretensión de amparo constitucional interpuesta por la sociedad mercantil INVERSIONES REALBE, S.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Bolivariano de Miranda, bajo el N° 34, Tomo 136- A sgdo, de fecha 31 de octubre de 1977, representada por los abogados JOSÉ ALEJANDRO ANDARA SÁNCHEZ y CAROLINA ALEMÁN SUÁREZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números: 4.083.439 y 8.764.777, e inscritos en el Inpreabogado bajo los números: 23.821 y 41.636, respectivamente, en contra de la sentencia dictada en fecha 23 de octubre de 2013, por el Juzgado VIGÉSIMO SEGUNDO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, que declaró SIN LUGAR la demanda de CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, interpuesto por la sociedad mercantil INVERSIONES REALBE, S.A.
SEGUNDO: SE DECLINA LA COMPETENCIA, por ante un Tribu.....