declara: IMPROCEDENTE el amparo constitucional cautelar solicitado en la querella interpuesta por el ciudadano JOEL JOSÉ DE LA TORRIENTE ROMERO, portador de la cédula de identidad Nro. 10.490.804, debidamente asistido por la abogada OLGA MARINA ARCOS DE CAMACHO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 151.217, contra el acto administrativo de efectos particulares emitido por el ciudadano Manuel Carbonell, en su carácter de jefe de servicio de Cirugía del Hospital Pediátrico "Dr. Elías Toro" del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, que constituyen los resultados de la evaluación de su desempeño en el cargo durante el lapso comprendido entre el 01 de octubre de 2009 al 31 de marzo de 2010.
Publíquese y Regístrese.