Por todos los razonamientos antes expuestos; este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el r recurso de hecho, interpuesto por el abogado JOSE RODRIGUEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 137.320, contra el auto de fecha de fecha 20 de enero de 2017 dictado por el Juzgado Séptimo (7°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que negó la apelación ejercida por el abogado JOSE RODRIGUEZ, contra la sentencia dictada por el referido juzgado en fecha 20 de diciembre de 2016 por extemporánea.